En esta sección detallare algunas de las principales modificaciones sobre los 7 lineamientos basicos:
Lineamiento 1: Limpieza y desinfección del centro de trabajo
Se deberá establecer la frecuencia con la que se realiza la limpieza y desinfección de cada ambiente del centro de trabajo.
Por ejemplo, las oficina administrativa se limpiara cada 7 días y el proceso de desinfección será quincenalmente (Frecuencia + Ambiente).
Lineamiento 2: Evaluación de la condición de salud del trabajador de forma previa al regreso o reincorporación al centro de trabajo
Control de Temperatura corporal aleatoria al momento del ingreso al centro de trabajo, esta actividad no es obligatoria a centros de trabajo con menos de 20 trabajadores.
Los trabajadores deben completar una ficha sintomatología.

La aplicación de pruebas serológicas o moleculares para la vigilancia de la COVID-19 es para puestos de trabajo Alto o Muy Alto Riesgo.
Ya no es obligatorio realizar las pruebas serológicas para los puesto de trabajo Mediano Riesgo.
Lineamiento 3: Lavado y desinfección de manos
Se ratifica que debe asegurarse un punto de lavado de mano y puntos de alcohol (gel o liquido) al ingreso del centro de trabajo.
Lineamiento 4: Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo
Se ratifica el uso obligatorio de mascarilla durante la jornada laboral.
Lineamiento 5: Medidas preventivas de aplicación colectiva
- La mascarilla debe tapar la nariz y boca.
- Capacitación a los trabajadores sobre las medidas preventivas contra el COVID-19 antes del reinicio de actividades.
- Ambientes ventilados, se recomienda mantener las puertas de las oficinas abiertas.
- Protección de trabajadores en puestos de atención al cliente, mediante el empleo de barreras físicas, por ejemplo, pantalla o mamparas para mostradores.
- Los marcadores de asistencia personal deben ser de aproximación.
- Las mujeres gestantes y mujeres que dan lactancia materna de preferencia deben realizar trabajo remoto, en caso de no ser posible, no deberán estar ubicadas en áreas de exposición al publico.
Lineamiento 6: Medidas de protección personal
El empleador debe asegurar la disponibilidad de equipos de protección personal e implementar las medidas para su uso correcto y obligatorio.

Lineamiento 7: Vigilancia de la salud del trabajador durante la Emergencia Sanitaria
Se precisa que las obligaciones de este lineamiento se aplican durante la emergencia sanitaria:
- Se controlara la temperatura corporal de toso los trabajadores al momento de ingresar y al finalizar la jornada laboral.
- En el PLAN deberá consideras las medidas de salud mental para conservar un adecuado clima laboral que favorezca la implementación de presente documento técnico.
Trabajadores con factores de riesgo para COVID-19
Para la reanudación del trabajo presencial de los trabajadores integrantes del grupo de los grupos de riesgo toman en consideración:
- La información clínica, antecedentes y/o informes médicos, esta información debe ser valorada por un profesional de la salud para precisar el estado de salud.
- En el caso de trabajadoras que se encuentren en estado de gestación y presenten alguna interferencia en el embarazo, medico ocupacional determina si puede permanecer o no en el trabajo.
Disposiciones Complementarias
Durante la vigilancia de la emergencia sanitaria por la COVID-19, las entidades publicas, empresas privadas, que no cuenten con el servicio de seguridad y salud en el trabajo o vigilancia de la salud de los trabajadores, deben aplicar como minimo:

Conclusión
- Previo al inicio de labores, todo empleador está en la obligación de elaborar Plan de Vigilancia Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo.